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Certificado de eficiencia energética del edificio terminado, registrado, con etiqueta

EstatalPre-notaríaObra nueva

Qué es

Certificado energético del edificio terminado, inscrito en el registro autonómico, con su etiqueta. La etiqueta debe figurar en la publicidad desde el proyecto.

Quién lo emite

Técnico certificador contratado por el promotor

Cómo se pide

Se solicita al promotor el certificado y el justificante de registro.

Cuánto cuesta

No consta un coste oficial para este documento.

Vigencia

La norma no fija un plazo de vigencia.

Qué pasa si falta

Infracción en materia de consumo y energía; el comprador no recibe la etiqueta obligatoria.

Norma que lo exige

arts. 9.1, 13.1, 15.2 y 17 RD 390/2021; RD 659/2025 (técnicos certificadores, vigor 23-07-2026) · RD 390/2021, certificación de eficiencia energética

Texto oficial consolidado
fuente primariaRevisado el 10/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el certificado de eficiencia energética del edificio terminado, registrado, con etiqueta?

Técnico certificador contratado por el promotor

¿Qué pasa si falta el certificado de eficiencia energética del edificio terminado, registrado, con etiqueta?

Infracción en materia de consumo y energía; el comprador no recibe la etiqueta obligatoria.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

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Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.