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Certificación del Servicio de Costas por colindancia con dominio público

EstatalInmuebleSegunda mano

Qué es

Si la finca colinda con el dominio público marítimo-terrestre sin deslinde inscrito, el registrador suspende la inscripción y solicita certificación a Costas.

Quién lo emite

Servicio Provincial de Costas

Cómo se pide

La pide el registrador de oficio; conviene anticiparla si hay colindancia.

Cuánto cuesta

Gratuito

Vigencia

Costas responde en un mes; suspensión registral de 90 días.

Qué pasa si falta

Retraso de la inscripción; denegación si el deslinde aprobado invade la finca.

Norma que lo exige

arts. 33-36 RD 876/2014 · Reglamento General de Costas (RD 876/2014), arts. 31-36

Texto oficial consolidado
secundariaRevisado el 07/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite la certificación del Servicio de Costas por colindancia con dominio público?

Servicio Provincial de Costas

¿Cuánto vale la certificación del Servicio de Costas por colindancia con dominio público?

Gratuito

¿Qué pasa si falta la certificación del Servicio de Costas por colindancia con dominio público?

Retraso de la inscripción; denegación si el deslinde aprobado invade la finca.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

Documentos relacionados

Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.