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Calificación definitiva de vivienda protegida y visado del contrato

EstatalPre-notaríaObra nueva

Qué es

Resolución que califica la vivienda como protegida y visado administrativo del contrato. Sustituye a la cédula de habitabilidad de primera ocupación en las comunidades que la mantienen.

Quién lo emite

Administración autonómica de vivienda

Cómo se pide

Lo tramita el promotor; se pide copia de la calificación y del contrato visado.

Cuánto cuesta

No consta un coste oficial para este documento.

Vigencia

La norma no fija un plazo de vigencia.

Qué pasa si falta

No puede escriturarse ni inscribirse la venta de vivienda protegida.

Norma que lo exige

arts. 1 y 8 RDL 31/1978; arts. 11, 13 y 16 a 18 RD 3148/1978; normativa autonómica · Real Decreto-ley 31/1978, política de vivienda de protección oficial

fuente primariaRevisado el 10/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite la calificación definitiva de vivienda protegida y visado del contrato?

Administración autonómica de vivienda

¿Qué pasa si falta la calificación definitiva de vivienda protegida y visado del contrato?

No puede escriturarse ni inscribirse la venta de vivienda protegida.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

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Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.