Retención del 3 % e ingreso con el modelo 211
Qué es
Cuando el vendedor es no residente, el comprador retiene el 3 % del precio a cuenta del IRNR del vendedor y lo ingresa en Hacienda.
Quién lo emite
Comprador (retenedor)
Cómo se pide
Modelo 211 en sede AEAT en el mes siguiente a la transmisión; entregar al vendedor el ejemplar para su 210.
Cuánto cuesta
Interno
Vigencia
Plazo de un mes desde la transmisión.
Qué pasa si falta
El inmueble queda afecto al pago del impuesto; el comprador responde de la retención no ingresada.
Norma que lo exige
art. 25.2 TRLIRNR; art. 8 Orden EHA/3316/2010 · TR Ley IRNR (RDLeg 5/2004)
Texto oficial consolidado"el adquirente estará obligado a retener e ingresar el 3 por ciento, o a efectuar el ingreso a cuenta correspondiente, de la contraprestación acordada"
Preguntas frecuentes
¿Quién emite la retención del 3 % e ingreso con el modelo 211?
Comprador (retenedor)
¿Cuánto vale la retención del 3 % e ingreso con el modelo 211?
Interno
¿Qué pasa si falta la retención del 3 % e ingreso con el modelo 211?
El inmueble queda afecto al pago del impuesto; el comprador responde de la retención no ingresada.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
Documentos relacionados
Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.