Aval o seguro de cantidades anticipadas y cuenta especial (póliza individual)
Qué es
Garantía individual (aval bancario o seguro de caución) de cada cantidad entregada a cuenta, ingresada en cuenta especial, exigible antes de entregar cualquier importe, incluida la reserva.
Quién lo emite
Entidad avalista o aseguradora del promotor
Cómo se pide
Se exige al promotor el certificado individual antes de cada pago.
Cuánto cuesta
No consta un coste oficial para este documento.
Vigencia
La norma no fija un plazo de vigencia.
Qué pasa si falta
El comprador pierde la protección de sus anticipos si la obra no se termina o no se entrega.
Norma que lo exige
DA 1.ª LOE (red. Ley 20/2015); Ley 57/1968 derogada por la DD 3.ª LOE añadida por la DF 3.ª.Cuatro Ley 20/2015 · Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación
Texto oficial consolidadoPreguntas frecuentes
¿Quién emite el aval o seguro de cantidades anticipadas y cuenta especial (póliza individual)?
Entidad avalista o aseguradora del promotor
¿Qué pasa si falta el aval o seguro de cantidades anticipadas y cuenta especial (póliza individual)?
El comprador pierde la protección de sus anticipos si la obra no se termina o no se entrega.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
Documentos relacionados
Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.