Saltar al contenido

Identificación formal y titular real de las partes

EstatalOferta y reservaSegunda mano

Qué es

Diligencia debida del agente como sujeto obligado: identificación con documento fehaciente antes de intervenir, titular real por encima del 25 %, diligencia reforzada con personas de responsabilidad pública.

Quién lo emite

Agente inmobiliario

Cómo se pide

Copia de DNI/NIE/pasaporte, formulario de titular real, consulta de listas; conservar 10 años.

Cuánto cuesta

Interno

Vigencia

Antes de la primera operación con el cliente.

Qué pasa si falta

Infracción de la Ley 10/2010; obligación de abstenerse si no se puede aplicar la diligencia debida y de comunicar operaciones sospechosas al SEPBLAC.

Norma que lo exige

arts. 2.1.l, 3, 4 y 25 · Ley 10/2010 de prevención del blanqueo

Texto oficial consolidado
Sujeto obligado: quienes ejerzan profesionalmente la intermediación en compraventa de inmuebles o en arrendamientos con renta anual >= 120.000 € o mensual >= 10.000 €.
fuente primariaRevisado el 07/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite la identificación formal y titular real de las partes?

Agente inmobiliario

¿Cuánto vale la identificación formal y titular real de las partes?

Interno

¿Qué pasa si falta la identificación formal y titular real de las partes?

Infracción de la Ley 10/2010; obligación de abstenerse si no se puede aplicar la diligencia debida y de comunicar operaciones sospechosas al SEPBLAC.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

Documentos relacionados

Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.