Declaración de no ser gran tenedor y certificado registral del número de viviendas
Qué es
Mientras no funcione el Registro de grandes tenedores, el transmitente persona jurídica en zona tensionada declara en la escritura si es gran tenedor y, si declara que no lo es, aporta un certificado registral del número de viviendas que posee, que el notario testimonia.
Quién lo emite
Vendedor persona jurídica y Registro de la Propiedad
Cómo se pide
La norma no fija un procedimiento específico de solicitud.
Cuánto cuesta
No consta un coste oficial para este documento.
Vigencia
La norma no fija un plazo de vigencia.
Qué pasa si falta
La declaración es exigible en la escritura: sin ella (y sin el certificado registral cuando declara no ser gran tenedor) el notario no puede dar fe del extremo exigido por la norma.
Norma que lo exige
DT única.3 DL 1/2015 (red. Llei 11/2025) · Decret llei 1/2015, de 24 de març, de mesures extraordinàries i urgents per a la mobilització dels habitatges provinents de processos d'execució hipotecària
Preguntas frecuentes
¿Quién emite la declaración de no ser gran tenedor y certificado registral del número de viviendas?
Vendedor persona jurídica y Registro de la Propiedad
¿Qué pasa si falta la declaración de no ser gran tenedor y certificado registral del número de viviendas?
La declaración es exigible en la escritura: sin ella (y sin el certificado registral cuando declara no ser gran tenedor) el notario no puede dar fe del extremo exigido por la norma.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
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Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.