Certificado de deudas con la comunidad de propietarios
Qué es
En Cataluña, el transmitente declara en la escritura que está al corriente de pago o especifica las deudas, y aporta un certificado de la secretaría de la comunidad con los gastos comunes y las aportaciones al fondo de reserva aprobados y pendientes de vencimiento. Sin ello no se otorga la escritura, salvo que las partes renuncien expresamente. El inmueble queda afecto al pago de las deudas del año en curso y de los cuatro anteriores.
Quién lo emite
Secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente (en Cataluña sin visto bueno si la secretaría es profesional externa)
Cómo se pide
Solicitud al administrador; plazo legal de emisión de 7 días naturales.
Cuánto cuesta
Según administrador
Vigencia
Práctica notarial: alrededor de un mes.
Qué pasa si falta
El inmueble responde de la anualidad en curso y los tres años naturales anteriores (cuatro en Cataluña). Sin certificado, el notario exige dispensa expresa del comprador.
Norma que lo exige
art. 553-5.2 CCCat · Llei 5/2006, de 10 de maig, del llibre cinquè del Codi civil de Catalunya, relatiu als drets reals
Texto oficial consolidadoPreguntas frecuentes
¿Quién emite el certificado de deudas con la comunidad de propietarios?
Secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente (en Cataluña sin visto bueno si la secretaría es profesional externa)
¿Cuánto vale el certificado de deudas con la comunidad de propietarios?
Según administrador
¿Qué pasa si falta el certificado de deudas con la comunidad de propietarios?
El inmueble responde de la anualidad en curso y los tres años naturales anteriores (cuatro en Cataluña). Sin certificado, el notario exige dispensa expresa del comprador.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
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Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.