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Informe de evaluación del edificio

Illes BalearsInmuebleSegunda mano

Qué es

Obligatorio como máximo a los 50 años, renovable cada 10; inscripción en el futuro RIAE (mientras tanto, registro electrónico de la CAIB).

Quién lo emite

Técnico; Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Cómo se pide

Lo encarga la comunidad.

Cuánto cuesta

Según técnico

Vigencia

La norma no fija un plazo de vigencia.

Qué pasa si falta

Infracción urbanística leve, multa de 600 a 3.000 €; el comprador hereda plazos de subsanación.

Norma que lo exige

art. 125 LUIB (red. Ley 4/2026); art. 163.2.b LUIB · Ley 12/2017 de urbanismo (art. 125)

Texto oficial consolidado
secundariaRevisado el 07/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el informe de evaluación del edificio?

Técnico; Dirección General de Vivienda y Arquitectura

¿Cuánto vale el informe de evaluación del edificio?

Según técnico

¿Qué pasa si falta el informe de evaluación del edificio?

Infracción urbanística leve, multa de 600 a 3.000 €; el comprador hereda plazos de subsanación.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

Documentos relacionados

Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.