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Carta de pago o certificado de deuda cero de la entidad

EstatalDespués de la firmaSegunda mano

Qué es

Documento de la entidad acreedora que acredita que la deuda ha quedado saldada con el pago hecho en la firma.

Quién lo emite

Entidad acreedora

Cómo se pide

La norma no fija un procedimiento específico de solicitud.

Cuánto cuesta

No consta un coste oficial para este documento.

Vigencia

La norma no fija un plazo de vigencia.

Qué pasa si falta

Sin él no puede otorgarse la cancelación registral y la hipoteca sigue figurando como carga.

Norma que lo exige

art. 82 LH · Ley Hipotecaria

secundariaRevisado el 11/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el carta de pago o certificado de deuda cero de la entidad?

Entidad acreedora

¿Qué pasa si falta el carta de pago o certificado de deuda cero de la entidad?

Sin él no puede otorgarse la cancelación registral y la hipoteca sigue figurando como carga.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

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Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.