Informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)
Qué es
Obligatorio para edificios de vivienda colectiva de más de 50 años (y para solicitar ayudas); renovación mínima cada 10 años; registro autonómico público y gratuito.
Quién lo emite
Técnico; Ayuntamiento y Registro de IEE de la Comunidad
Cómo se pide
Lo encarga la comunidad; presentación en el ayuntamiento en 3 meses desde la inspección.
Cuánto cuesta
Según técnico
Vigencia
Expira el 31 de diciembre del decenio.
Qué pasa si falta
Infracción urbanística para la comunidad; derramas para el comprador.
Norma que lo exige
arts. 2, 3, 5 y 8 Decreto 103/2016 · Decreto 103/2016, IEE
Texto oficial consolidadoPreguntas frecuentes
¿Quién emite el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?
Técnico; Ayuntamiento y Registro de IEE de la Comunidad
¿Cuánto vale el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?
Según técnico
¿Qué pasa si falta el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?
Infracción urbanística para la comunidad; derramas para el comprador.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
Documentos relacionados
Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.