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Informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)

Comunidad de MadridInmuebleSegunda mano

Qué es

Obligatorio para edificios de vivienda colectiva de más de 50 años (y para solicitar ayudas); renovación mínima cada 10 años; registro autonómico público y gratuito.

Quién lo emite

Técnico; Ayuntamiento y Registro de IEE de la Comunidad

Cómo se pide

Lo encarga la comunidad; presentación en el ayuntamiento en 3 meses desde la inspección.

Cuánto cuesta

Según técnico

Vigencia

Expira el 31 de diciembre del decenio.

Qué pasa si falta

Infracción urbanística para la comunidad; derramas para el comprador.

Norma que lo exige

arts. 2, 3, 5 y 8 Decreto 103/2016 · Decreto 103/2016, IEE

Texto oficial consolidado
fuente primariaRevisado el 07/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Quién emite el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?

Técnico; Ayuntamiento y Registro de IEE de la Comunidad

¿Cuánto vale el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?

Según técnico

¿Qué pasa si falta el informe de evaluación del edificio (Comunidad de Madrid)?

Infracción urbanística para la comunidad; derramas para el comprador.

En BLINDA

En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.

Documentos relacionados

Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.