Información al consumidor (RD 515/1989)
Qué es
En Madrid no hay norma autonómica propia: rige el RD 515/1989. Identificación del vendedor, planos, superficie útil, situación registral, precio y forma de pago (art. 4); estatutos e información fiscal (art. 5); nota explicativa del precio (art. 6); copia a costa del vendedor (art. 9).
Quién lo emite
Vendedor o intermediario
Cómo se pide
BLINDA lo compone desde el expediente.
Cuánto cuesta
Interno
Vigencia
Antes de la reserva.
Qué pasa si falta
Infracción de consumo.
Norma que lo exige
arts. 4, 5, 6 y 9 RD 515/1989 · RD 515/1989, información al consumidor en vivienda
Texto oficial consolidadoPreguntas frecuentes
¿Quién emite la información al consumidor (RD 515/1989)?
Vendedor o intermediario
¿Cuánto vale la información al consumidor (RD 515/1989)?
Interno
¿Qué pasa si falta la información al consumidor (RD 515/1989)?
Infracción de consumo.
En BLINDA
En un expediente de BLINDA este documento aparece solo cuando la operación lo exige, con su plazo y su explicación a mano. Lo pides a quien corresponda y ves cuándo llega y quién lo da por válido.
Información general basada en la norma citada; no sustituye el asesoramiento profesional sobre una operación concreta.